Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Cálculo, bonificaciones y trámites

🧾 Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Cuando se heredan bienes o se recibe una donación, es obligatorio presentar y pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Este tributo grava la adquisición de bienes y derechos por parte de un heredero, donatario o beneficiario de un acto gratuito (inter vivos o por fallecimiento).

 

En Gestoría Lorenzo te ayudamos a calcular correctamente el impuesto, aplicar bonificaciones legales y evitar pagar más de lo necesario.

 

 

📌 ¿Cuándo hay que pagar este impuesto?

 

Debes liquidarlo cuando:

 

  • Se recibe una herencia
  • Se acepta una donación de bienes o dinero
  • Se obtiene un bien por cualquier negocio jurídico gratuito

💡 Se trata de un impuesto complejo y, en algunos casos, puede ser elevado. Planificar y asesorarse es clave para ahorrar.

 

⚖️ ¿Es un impuesto muy alto?

 

Este impuesto puede llegar a ser confiscatorio, ya que en algunos casos hay que vender bienes para poder pagarlo. Sin embargo, muchas comunidades autónomas (como Madrid) ofrecen reducciones y bonificaciones importantes, especialmente de padres a hijos.

 

👉 En Gestoría Lorenzo estudiamos tu caso para aplicar todas las ventajas fiscales disponibles y minimizar la carga tributaria.

 

🧠 ¿Cómo te ayudamos?

 

✔️ Cálculo exacto del impuesto
✔️ Aplicación de reducciones y bonificaciones
✔️ Presentación en plazo ante Hacienda
✔️ Asesoramiento legal y fiscal
✔️ Optimización antes de aceptar la herencia o donación

 

📞 Evita pagar de más – consúltanos

 

El impuesto de sucesiones y donaciones se puede optimizar legalmente. Te ayudamos a hacerlo bien desde el principio.