Exequatur es un procedimiento encaminado a que las autoridades judiciales de España reconozcan una sentencia dictada en el extranjero y los propios Tribunales españoles puedan obligar a ejecutar su cumplimiento
En procedimientos matrimoniales se refiere a reconocimiento e inscripción de sentencias extranjeras de separación o divorcio en registros civiles donde conste inscrito el matrimonio.
También puede tratarse de procedimientos de medidas paterno-filiales custodia, tutela, pensiones alimenticias o compensatorias, etc….
El procedimiento se lleva a cabo ante el Juzgado de Primera Instancia del pueblo o ciudad donde esté inscrito el matrimonio. Si se trata de inscripciones en el Registro civil Central (matrimonios celebrados en el extranjero por algún nacional español), la competencia la tiene el Juzgado de Primera Instancia de Madrid.
Este procedimiento puede realizarlo sin desplazarse de su país de residencia, basta con hacernos llegar un poder general para pleitos que puede otorgarlo ante el Consulado de España más cercano de su ciudad de residencia. Además deberá remitirnos la sentencia que se pretenda inscribir legalizada.